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DERECHOS HUMANOS EN URUGUAY
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Derechos Humanos en Uruguay

Para conocer más sobre la situación de los derechos humanos en Uruguay, te invitamos a leer algunos fragmentos de nuestro informe 2017/2018. También podés descargar el informe completo.

SITUACIÓN DE PERSONAS MIGRANTES Y REFUGIADAS EN URUGUAY

En los últimos años se ha identificado un aumento en la solicitud de residencias de personas provenientes de diversos orígenes latinoamericanos sobre todo de Venezuela, Cuba y República Dominicana. A los ciudadanos de estos últimos dos países se les requiere visa para ingresar al país, al igual que aquellas personas provenientes de otros setenta y ocho países.

La solicitud de visas, tal como ha sido señalado por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), lejos de garantizar migraciones seguras y ordenadas, favorecen la existencia de rutas migratorias peligrosas, con entradas ilegales mediante la intermediación de traficantes.

Al mismo tiempo persisten dificultades en el proceso de documentación debido a que no se cumplen con los plazos previstos en la normativa vigente sobre la regularización migratoria y sobre la respuesta de solicitudes de refugio presentadas en los últimos años.

Al día de hoy no existe presupuesto genuino para desarrollar ninguna de estas áreas, específicamente en materia de refugio el estatus de refugiado tiene un carácter meramente administrativo ya que no garantiza ningún derecho o protección específica por parte del estado.

Preocupa la ausencia de una política migratoria y de refugio tiene consecuencias que afectan seriamente la vida de las personas, en la medida en que la respuesta institucional no está articulada por parte de las distintas áreas del Estado.

Amnistía Internacional Uruguay insta al gobierno uruguayo a mostrar un mayor compromiso con la protección de las personas refugiadas e inmigrantes, implementar medidas concretas y remover los obstáculos institucionales y políticos que imposibilitan el cumplimiento efectivo de la normativa vigente en materia de migración y refugio. Pedimos al gobierno a que se otorgue presupuesto específico para el desarrollo de políticas migratorias y de refugio.

Amnistía Internacional Uruguay hace un llamamiento para implementar políticas de acogimiento acordes a los instrumentos internacionales de protección de derechos humanos y dejar atrás las políticas de restricción, expulsión y criminalización de personas migrantes y refugiadas.

En 2017, durante las negociaciones preliminares vinculadas a los dos Pactos Mundiales sobre Migración y Refugio, respectivamente, se manifestó la resistencia por parte de algunos estados como Estados Unidos a comprometerse y sumarse a esta apuesta internacional para enfrentar la crisis política y humanitaria existente en esta materia.

El papel que puede jugar el Estado uruguayo en esta materia es decisivo en un contexto donde la movilidad humana está en el eje de los debates internacionales sobre derechos humanos.

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IMPUNIDAD POR CRÍMENES DEL PASADO

Durante 2017, la sensación de impunidad e injusticia por parte de ciudadanos, familiares de víctimas, organizaciones de derechos humanos y la sociedad civil en general ha aumentado considerablemente a raíz de diversos episodios, acciones y omisiones institucionales.

El 16 de febrero, un grupo autodenominado “Comando Barneix”, operando a través de una plataforma anónima de correo electrónico, envío una amenaza a 13 personas entre las que se encuentran jerarcas del Estado uruguayo, académicos, investigadores y activistas de derechos humanos.

Entre las personas señaladas se encuentra el Fiscal de Corte Jorge Díaz, quien fue amenazado nuevamente en noviembre de 2017 vía telefónica. La Fiscalía sostiene como hipótesis plausible que ambas amenazas se encuentren vinculadas. Estos grupos, además de promover la impunidad, intentan instaurar el miedo ante las investigaciones y el accionar de la justicia.

El 28 de marzo del 2016 las oficinas del Grupo de Investigación en Arqueología Forense del Uruguay (GIAF), sufrieron la sustracción de material confidencial sobre causas judiciales y otras investigaciones y sus integrantes recibieron mensajes intimidatorios. A casi dos años de lo ocurrido, no se observan avances en las investigaciones que buscan esclarecer los hechos.

El 14 de abril, el general retirado Raúl Mermot, presidente del Círculo Militar, en un acto de dicha institución, criticó el accionar del Poder Judicial en alusión al procesamiento de ex militares que violaron derechos humanos en la última dictadura. El intento de minimizar y relativizar las violaciones a derechos humanos, terminó con una denuncia penal en la que un fiscal solicitó el procesamiento por “apología de hechos delictivos del pasado”. Sin embargo, Mermot fue absuelto en primera instancia y un Tribunal de Apelaciones confirmó el fallo.

Otro hecho grave ocurrido se dio en el marco de la celebración del 162 Período Extraordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) durante el mes de mayo. En virtud de la solicitud de diversas organizaciones de la sociedad civil el Estado uruguayo fue convocado a participar en tres audiencias temáticas. El Estado estuvo ausente en dos de ellas: la audiencia correspondiente al rol de los operadores de justicia y defensores de derechos humanos en el contexto de la justicia transicional en Uruguay, y la audiencia sobre la transparencia en los mecanismos de elección de ministros de la Suprema Corte de Justicia.

El 25 de septiembre, la Suprema Corte de Justicia emitió la sentencia 680/2017. En el fallo se resuelve una acción de inconstitucionalidad contra los artículos 2 y 3 de la Ley de Restablecimiento de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1° de marzo del 1985 (Ley N ° 18.831 del año 2011). Estas disposiciones establecieron la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad cometidos por los funcionarios del Estado en el período del gobierno cívico militar.

La acción fue promovida en el marco de un proceso penal por torturas. La Suprema Corte de Justicia, declaró inconstitucional la citada ley. Pronunciándose sobre el fondo, emitió una sentencia que establece que los crímenes de lesa humanidad de la causa han prescrito, lo que significa que el imputado ya no responderá penalmente por esa causa. La sentencia declaró la inconstitucionalidad con un voto de 3 contra 2: a favor se pronunciaron los ministros Elena Martínez, Jorge Chediak y Julio Turell, y los votos discordes fueron de los ministros Bernadette Minvielle y Felipe Hounie.

La argumentación de los ministros favorables sostiene que la ley impugnada viola los principios de legalidad e irretroactividad de la ley más gravosa (artículos 7 y 72 de la constitución uruguaya), ambos pilares básicos de un derecho penal liberal democrático. Estos principios, también están contenidos en normas de Derecho Internacional de los Derechos Humanos ratificados por el estado uruguayo (Pacto de San José de Costa Rica, artículo 7.2).

Por otra parte, la posición discorde sostiene en síntesis dos argumentos. Primero, los crímenes de lesa humanidad pertenecen al ordenamiento jurídico uruguayo mediante su incorporación en las leyes 17.347 y 18.026, y su aplicación no vulnera la seguridad jurídica ni ningún principio constitucional, sino que la imprescriptibilidad se desprende de la vocación ‘’iusnaturalista’’ de la constitución uruguaya. El otro argumento expresa que la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad no depende de la voluntad del Estado, ya que estos tutelan derechos humanos básicos universalmente aceptados, que revisten el carácter de “ius cogens” internacional

En diciembre, nuevamente la Suprema Corte de Justicia emitió fallo en este sentido a través de la sentencia 1925/2017.

Amnistía Internacional Uruguay observa con muchísima preocupación la sentencia 680/2017 debido a sus severas consecuencias institucionales, simbólicas y culturales, que impactarán en el sostenimiento de la impunidad en el país. El Estado, a través de sus tres poderes, ha asumido diversos compromisos con los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos en relación a esta materia y, sin embargo, los ha ignorado sistemáticamente. La lentitud en el tratamiento de las causas judiciales, el mensaje institucional del máximo órgano del Poder Judicial y la posibilidad de acciones similares para las causas en trámite obstaculizarán aún más el avance de los procesos.

La organización exige a las autoridades uruguayas de los tres poderes del Estado tomar las acciones pertinentes para saldar la deuda histórica para la eliminación de la impunidad por los delitos cometidos en la última dictadura cívico-militar. Resulta necesario y urgente facilitar las investigaciones que permitan el esclarecimiento de la desaparición forzada y otras violaciones a los derechos humanos perpetradas entre 1973 y 1985.

PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD

La situación del sistema carcelario en Uruguay continúa siendo crítica. La superpoblación y el hacinamiento se han prolongado a pesar de las recomendaciones de los organismos internacionales. Para paliar esta situación, durante 2017 el Estado uruguayo finalizó el complejo carcelario de Punta Rieles mediante financiación por participación público privada (PPP). Entrará en funcionamiento a comienzos de 2018, por lo que la calidad de esta institución está por evaluarse.

Durante 2017, gracias a acciones realizadas por el Comisionado Parlamentario para el Sistema Penitenciario se visibilizaron una serie de hechos y prácticas en las cárceles uruguayas violatoria de los derechos más elementales de la población reclusa, sobre todo en el complejo carcelario de Santiago Vázquez (COMCAR), que alberga a 1 de cada 3 reclusos del país.

De acuerdo a la información del Comisionado Parlamentario, se constató en el Módulo 8 del COMCAR desnutrición crónica, pésimas condiciones de higiene, hacinamiento, encierros sin la posibilidad de ver la luz, analfabetismo y otras situaciones que fueron comunicadas a las autoridades competentes del Ministerio del Interior. Ante la falta de respuesta, el Comisionado optó por llevar la situación a la esfera judicial con el fin de encontrar una respuesta acorde a la emergencia del caso, por lo que promovió una acción de amparo.

Este litigio fue paradigmático en nuestro país, ya que fue la primera vez que un tribunal citó las Reglas Mandela de Naciones Unidas sobre la condición de la población privada de libertad, marcando un camino jurisprudencial de acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos.

Amnistía Internacional Uruguay exhorta al Estado uruguayo a continuar aplicando las medidas necesarias para terminar con el hacinamiento y mejorar las condiciones de vida de las personas privadas de libertad, que sé de continuidad y se vigile el cumplimiento de las obligaciones internacionales contraídas por Uruguay en esta materia.

SALUD MENTAL

El 24 de agosto de 2017, se promulgó la Ley de Salud Mental N° 19.529. A pesar de los esfuerzos y el proceso de diálogo promovido por el colectivo de organizaciones sociales nucleados en la Comisión Nacional por una Ley de Salud Mental (CNLSM), con distintos actores sociales y políticos, el texto aprobado y actualmente vigente no recogió los aportes de la CNLSM, no atendió las recomendaciones de organismos internacionales y de la Institución Nacional de Derechos Humanos. A pesar de la retórica adoptada en la exposición de motivos de la ley, el paradigma sanitarista-administrativo triunfó gracias al lobby de la corporación médica y especialmente de la psiquiátrica.

El texto de la ley contiene diversas disposiciones que perjudican la situación de la población que padece problemas de salud mental y que no contemplan las recomendaciones realizadas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en sus Observaciones Finales de junio 2017.

Se mantiene la utilización del concepto ‘’trastorno mental’’, destacando la visión médica- psiquiátrica como legítima para abordar los asuntos de salud mental, lo que mantiene y reproduce la patologización y los diversos estigmas que le son asociados. De esta forma, se contradice la concepción social e interdisciplinaria de la discapacidad, recogida por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual fue ratificada por el Estado uruguayo en 2008.

El órgano de contralor creado, una Comisión Honoraria en la órbita del Ministerio de Salud Pública, no cumple con los estándares internacionales por carecer de la independencia y autonomía necesarias para observar y velar por los derechos fundamentales.

En el marco de la ley, el plazo para el cierre de instituciones asilares y monovalentes para el año 2025 no garantiza que los nuevos dispositivos se conviertan en manicomios ad hoc.

Amnistía Internacional Uruguay insiste en la necesidad de respetar los estándares internacionales de protección de los derechos de las personas con problemas de salud mental y con discapacidad psicosocial y de prever la adecuada asignación de recursos para mejorar la calidad de vida de las personas que se encuentran en condiciones de encierro en instituciones asilares y monovalentes.

VIOLENCIA BASADA EN GÉNERO

El 13 de diciembre de 2017 se aprobó en el parlamento el proyecto de Ley Integral contra la Violencia basada en Género.

Si bien esta ley es un importante paso y da cumplimiento a diversas recomendaciones de organismos y órganos internacionales que el país recibió durante varios años existen dificultades estructurales que no han sido abordadas mediante políticas específicas y que requieren compromisos del Estado más allá de los esfuerzos legislativos.

De acuerdo a los datos del Ministerio del Interior de enero 2018, 29 mujeres fueron asesinadas por sus parejas y ex parejas o familiares en 2017, y en los primeros dos meses de 2018 se han cometido 4 feminicidios más.

La negligencia del Poder Judicial y la falta de controles por parte de la policía en la atención de las denuncias recibidas siguen constituyendo un fuerte obstáculo para el tratamiento y combate de todas las formas de violencia basada en género.

Preocupa la ausencia de la ausencia de medidas básicas en la prevención y combate de la violencia de género tales como: un servicio telefónico de asesoramiento a víctimas los 365 días del año, las 24 horas con alcance nacional y gratuito desde cualquier teléfono; servicios especializados de atención a víctimas que funcionen 24 horas, todo el año y en todo el país; servicios de refugio habitacional para situaciones de emergencia de acceso permanente; servicios descentralizados interinstitucionales donde se reciba asistencia especializada, en los que se pueda realizar la denuncia policial, hacer consultas jurídicas, coordinar traslados departamentales, entre otros.

Amnistía Internacional Uruguay exige al gobierno uruguayo que se tomen las medidas necesarias para garantizar la vida e integridad de las víctimas de la violencia basada en género. La organización pide: incrementar de manera sustancial el presupuesto destinado a combatir la violencia contra las mujeres, niños, niñas y adolescentes; así como también, desarrollar acciones que se orienten a erradicar la violencia de género como problema social, mediante la sensibilización y la educación en derechos humanos.

DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS

A pesar del reconocimiento normativo de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres diversas situaciones ocurridas durante el 2017 han complejizado su efectiva implementación.

En marzo de 2017, por la vía judicial se cuestionó la constitucionalidad de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (18.987). A partir de una acción interpuesta por un particular, la jueza Pura Concepción Book emitió un fallo, posteriormente respaldado por la Asociación de Magistrados, que desconoció la normativa nacional e internacional vigente. El proceso se interrumpió debido a un aborto espontáneo, pero igualmente la decisión judicial lesionó los derechos a la salud y la autodeterminación de una mujer.

En relación con la adecuada aplicación de la ley, se han denunciado casos en los que no se han cumplido los plazos establecidos por la ley 18.987, debido a falta de personal para integrar los equipos interdisciplinarios, requeridos para la consulta. Esta situación ha comprometido gravemente la salud y el derecho a decidir de las mujeres.

En relación con la salud sexual y reproductiva de niñas y adolescentes, si bien la aprobación en mayo de 2017 de la “Estrategia intersectorial y nacional de prevención del embarazo no intencional en adolescentes” constituye un importante paso, tal como se ha señalado por la organización en otros informes, Uruguay sigue registrando altas tasas de embarazos en niñas menores de 15 años; según se expresa en la Estrategia, en 2014, 169 niñas fueron madres en Uruguay. El embarazo y la maternidad forzada afectan gravemente la salud y vida de las niñas.

Amnistía Internacional Uruguay hace un llamado al gobierno de Uruguay para garantizar la efectiva implementación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo mediante la adecuada dotación de recursos materiales y humanos en centros de salud y mediante la sensibilización en esta materia a operadores judiciales. Asimismo, la organización reitera la necesidad de concretar acciones que garanticen la protección integral de la salud sexual y reproductiva de niñas y adolescentes y poder revertir la tendencia del crecimiento de la cifra de embarazos y maternidades infantiles.

DERECHOS DE LAS PERSONAS LESBIANAS, GAYS, BISEXUALES, TRANS E INTERSEX

A pesar de los avances legislativos de los últimos años a través de los cuales se alcanzó la plena igualdad jurídica de las personas LGBTI -como la ley 18.620 que consagra el derecho a la identidad de género y al cambio de nombre y sexo en documentos identificatorios, y la aprobación de la ley 19.075 de Matrimonio Igualitario-, Uruguay carece de una política integral y articulada de lucha contra la discriminación en general, y en particular la que padece la población LGBTI.

El Comité DESC de Naciones Unidas comunicó en sus observaciones finales de junio su preocupación por la ausencia en el país de una legislación integral que comprenda todos los motivos de discriminación, sea directa o indirecta, en el ámbito público o privado; así como por la falta de un mecanismo eficaz que supervise la implementación de las normas antidiscriminación. Esto se suma a la recomendación en el mismo sentido del Comité para el Eliminación de la Discriminación Racial (CERD, por sus siglas en inglés) realizada en enero del mismo año (CERD/C/URY/CO/21-23, párr. 14).

Uno de los avances registrados este año fue la presentación del anteproyecto de una Ley Integral para Personas Trans, que propone acciones afirmativas en educación, empleo y acceso a la cultura; además de agilizar el proceso de cambio de nombre y sexo registral, y formalizar las políticas de salud existentes hacia esta población. Fue presentado por el Consejo Nacional de Diversidad Sexual, un nuevo organismo interministerial con representación del Poder Judicial, los intendentes, las instituciones educativas y la sociedad civil.

Por otro lado, el Ministerio de Salud Pública presentó la Guía Clínica para Hormonización en Personas Trans" y en diciembre, luego de cuatro años de suspendido el servicio, el Hospital de Clínicas de la Universidad de la República reinició las cirugías de reasignación de sexo.

En setiembre, Verónica Pecoi, una mujer trans que vivía en Montevideo, fue asesinada a puñaladas por su pareja. Este se suma a otros 8 homicidios de mujeres trans reportados por la prensa y organizaciones LGBTI desde 2012, de los cuales 7 siguen sin ser aclarados. Diversas denuncias de violencia homofóbica callejera han encontrado eco en la prensa, pero escasa reacción de los mecanismos estatales.

Amnistía Internacional Uruguay reitera al gobierno uruguayo la necesidad de mejorar las condiciones normativas e institucionales para combatir la discriminación ya que, a pesar de la existencia de la ley 17.817 y la Comisión Honoraria que este crea, no existen en los hechos mecanismos efectivos para combatir la discriminación hacia la población LGBTI.

Durante este año la organización dará seguimiento al trámite parlamentario del anteproyecto de Ley Integral para Personas Trans y a las políticas públicas que se impulsen para dar cumplimiento a la normativa ya existente dirigida a generar condiciones más igualitarias e inclusivas para el conjunto de la población LGBTI.

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EXIGE JUSTICIA PARA GUSTAVO GATICA
EXIGE JUSTICIA PARA FABIOLA CAMPILLAI
#FirmáXChile #INVESTIGUENMANDOS
#FirmáXChile #INVESTIGUENMANDOS
Gustavo Gatica, un joven estudiante de psicología que participaba en las manifestaciones del estallido social en Chile, quedó ciego por el impacto de balines que coinciden con los disparados por personal de Carabineros. Dicha munición fue utilizada de forma indiscriminada y desmedida en innumerables ocasiones durante las protestas, violando las normas internacionales sobre el uso de la fuerza por parte de la autoridad y dejando a cientos de personas con lesiones oculares.
Fabiola Campillai, de 36 años, madre de tres hijas/os, bombera, jugadora de fútbol y activa en labores comunitarias. El martes 26 de noviembre mientras se dirigía al trabajo recibió el impacto de una bomba lacrimógena por parte de Carabineros en su rostro. Este ataque se llevó consigo su vista, el sentido del olfato y del gusto. Además, este brutal suceso le provocó múltiples fracturas craneoencefálicas que le han obligado a someterse a numerosas intervenciones quirúrgicas de alto riesgo. Si bien la noche del 27 de agosto fue detenido un capitán de Carabineros como presunto responsable directo del ataque hacia Fabiola, la investigación no puede limitarse a quien disparó, sino que deben investigarse también a las personas que vieron lo sucedido, sin hacer nada para evitarlo ni para prestar auxilio, y también a los mandos que, sabiendo lo que había pasado, no aplicaron medidas contra los responsables.
Firmá y exigí que se investigue y judicialice a todos los responsables de este acto de violencia policial, incluida la cadena de mando.
Firmá y exigí que se investigue y judicialice a todos los responsables de este acto de violencia policial, incluida la cadena de mando.
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